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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245303
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 209

AGRARIO. EMPLAZAMIENTO, FALTA DE, A TERCEROS PERJUDICADOS EN AMPARO EN MATERIA AGRARIA. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 209

Precedentes

Amparo en revisión 5230/83. María Librada Padilla de Campos y coagraviados. 15 de abril de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente y Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Amparo en revisión 8985/82. Testamentaria a Bienes de Guillermo Romo Escobosa y coagraviados. 19 de marzo de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Salvador Martínez Rojas. Amparo en revisión 7981/83. Concepción Tapia González y otros. 21 de febrero de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Tarsicio Márquez Padilla. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 79, página 148, bajo el rubro "EMPLAZAMIENTO A TERCEROS PERJUDICADOS, FALTA DE, EN EL CURSO DEL JUICIO DE AMPARO EN MATERIA AGRARIA. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.".
Registro digital (IUS): 245303