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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245311
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 285
AGRARIO. INAFECTABILIDAD, CERTIFICADO O DECLARATORIA DE. VALIDEZ PARA EL ADQUIRENTE DEL TERRENO AMPARADO.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 285
Los adquirentes de predios amparados con certificado o declaratoria de inafectabilidad se encuentran legitimados para reclamar al través del juicio constitucional la resolución del presidente de la República que afecta esos inmuebles, dado que las operaciones que originaron su adquisición se realizaron sobre predios inafectables según declaración emitida por la suprema autoridad agraria.
Precedentes
Amparo en revisión 4387/81. Sofía López Howard de Campuzano y otros (acumulados). 12 de febrero de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 187-192, Séptima Parte, página 167, tesis de rubro "AGRARIO. INAFECTABILIDAD CERTIFICADO DE.OBLIGACION DE RESPETARLO.".