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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245312
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 304
AGRARIO. INAFECTABILIDAD, CERTIFICADO Y DECLARATORIA DE. EFICACIA JURIDICA.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 304
Tanto el certificado de inafectabilidad como la declaratoria de reconocimiento de la pequeña propiedad inafectable constituyen la declaración de parte del Estado de que se trata de una pequeña propiedad, que es lo que protege el artículo 27, fracción XV, constitucional, aunque el fundamento sea distinto, pues el primero deviene del artículo 354 de la Ley Federal de Reforma Agraria y el segundo de la fracción II del artículo 305 del propio ordenamiento legal.
Precedentes
Amparo en revisión 1973/83. Sergio Raúl Esquer Peiro y otro. 11 de marzo de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 95, página 188, bajo el rubro "INAFECTABILIDAD, CERTIFICADO DE, Y OTRAS DEFENSAS DE LA PEQUEÑA PROPIEDAD. CONCEPTOS.".