Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/245329
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245329
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 446

AGRARIO. PRUEBA PERICIAL. PERITO DEL JUZGADO. CASO EN QUE EL JUEZ NO ESTA OBLIGADO A DESIGNARLO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 446

Precedentes

Amparo en revisión 8885/82. Fortino González López y otros. 8 de mayo de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Secretaria: Adriana Barrera de Loza. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA PERICIAL. PERITO DEL JUZGADO. CASO EN QUE EL JUEZ NO ESTA OBLIGADO A DESIGNARLO.".
Registro digital (IUS): 245329