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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245339
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 497
COMPRAVENTA, CUANDO NO SE CONFIGURA AUNQUE SE DENOMINE POR ESE NOMBRE Y SE CONSIGNEN ELEMENTOS DEL CONTRATO DE, SI LA INTENCION DE LAS PARTES HA SIDO LA DE CREAR DERECHOS Y OBLIGACIONES INHERENTES A UN CONTRATO DE DIVERSA NATURALEZA JURIDICA.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 497
No basta que en un documento se convenga la fijación del precio de un bien determinado para considerarlo, indefectiblemente, como contrato de compraventa, pues es de primordial importancia desentrañar la verdadera intención que tuvieron las partes cuando existe ambigüedad en el documento, para saber qué operación se quiso celebrar, y si del análisis congruente de las cláusulas se desprende que no fue intención de las partes celebrar un contrato de compraventa, sino de promesa de fideicomiso traslativo de dominio, el cual no se perfeccionó, precisamente por no haber intervenido la institución de crédito designada en el contrato y por falta de elemento plazo o término para llevar a cabo la operación.
Precedentes
Amparo directo 3229/75. Emilio Checa Curi. 20 de marzo de 1985. Cinco votos. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Secretario: Omar Losson Ovando.