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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245340
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 499

IMPROCEDENCIA DEL AMPARO. DEBE PROBARSE PLENAMENTE Y NO INFERIRSE A BASE DE PRESUNCIONES.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 499

Precedentes

Amparo en revisión 8026/83. Cementos Mexicanos, S.A. 5 de marzo de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Tarsicio Márquez Padilla.
Registro digital (IUS): 245340