Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/245346
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245346
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 380
AGRARIO. PERITOS. VALORACION DE SUS DICTAMENES.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 380
El argumento de que el dictamen pericial carece de fundamento científico por haberse rendido sin que el perito haya efectuado trabajos de campo y cálculo de gabinete, carece de eficacia para demeritar dicha prueba, si el dictamen se apoya en la realización de trabajos topográficos que comprenden precisamente la aplicación de los elementos técnicos de agrimensura, nivelación y planimetría que determinan grados y longitudes para la localización de los predios; por tanto, si el perito basa su dictamen en trabajos topográficos y expresa las razones que le sirvieron para emitir su opinión, apoyándose además en documentos públicos que obran en el propio juicio de garantías, el dictamen no resulta ilógico ni arbitrario y la valoración que el Juez constitucional realiza concediéndole eficacia probatoria, se ciñe estrictamente a la ley.
Precedentes
Amparo en revisión 2360/83. Petronilo Terrazas Meléndez. 21 de enero de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Secretaria: Adriana Barrera de Loza.
Séptima Epoca, Séptima Parte:
Volúmenes 193-198, página 562. Amparo en revisión 6187/83. Guillermo y Jorge Luis de la Vega Canelos. 15 de noviembre de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Secretaria: Adriana Barrera de Loza.
Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "PERITOS. VALORACION DE SUS DICTAMENES.".