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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245346
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 380

AGRARIO. PERITOS. VALORACION DE SUS DICTAMENES.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 193-198, Séptima Parte; Pág. 380

Precedentes

Amparo en revisión 2360/83. Petronilo Terrazas Meléndez. 21 de enero de 1985. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Secretaria: Adriana Barrera de Loza. Séptima Epoca, Séptima Parte: Volúmenes 193-198, página 562. Amparo en revisión 6187/83. Guillermo y Jorge Luis de la Vega Canelos. 15 de noviembre de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Secretaria: Adriana Barrera de Loza. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "PERITOS. VALORACION DE SUS DICTAMENES.".
Registro digital (IUS): 245346