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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245356
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 79

AGRARIO. CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. PROCEDE DECRETARLA CUANDO LA SENTENCIA RECURRIDA FAVORECE AL NUCLEO DE POBLACION EJIDAL TERCERO PERJUDICADO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 79

Precedentes

Amparo en revisión 1917/82. Gudelia Hernández Escobar viuda de Pulido. 23 de octubre de 1984. Cinco votos. Ponente: Salvador Martínez Rojas. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. PROCEDE DECRETARLA CUANDO LA SENTENCIA RECURRIDA FAVORECE AL NUCLEO DE POBLACION EJIDAL TERCERO PERJUDICADO.".
Registro digital (IUS): 245356