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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245357
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 80
AGRARIO. CAUSANTE. CARECE DE ACCION DE AMPARO PARA DEFENDER EL PREDIO QUE TRASPASO.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 80
El peticionario de amparo que vendió el predio objeto del juicio carece de interés jurídico para ejercitar la acción constitucional para defensa de dicho predio, toda vez que ya salió de su patrimonio, de tal manera que no se le irroga el perjuicio necesario para la interposición del juicio de garantías, por cuanto a que su procedencia presupone la existencia de un derecho legítimamente tutelado, transgredido por la actuación de una autoridad o de una ley.
Precedentes
Amparo en revisión 7537/79. Juan Manuel Sánchez Hernández y coagraviados y acumulados. 8 de agosto de 1984. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Tarsicio Márquez Padilla.