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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245360
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 97
AGRARIO. COMISARIADO EJIDAL. FALTA DEL CARACTER DE INTEGRANTES DE UNO, PORQUE LA ASAMBLEA ELECTORA NO REUNIO LOS REQUISITOS LEGALES.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 97
Si de las pruebas aportadas por los quejosos para acreditar su personalidad se desprende la ausencia de los requisitos que establece la Ley Federal de Reforma Agraria en su Libro Segundo, Capítulo Segundo, para la legalidad de la correspondiente asamblea donde fueron electos, procede considerar que no quedó acreditada la personalidad de los citados quejosos.
Precedentes
Amparo en revisión 7602/83. Celedonio Silvestre Alvarez y otros. 7 de noviembre de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.