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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245371
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 167

AGRARIO. INAFECTABILIDAD, CERTIFICADO DE. OBLIGACION DE RESPETARLO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 167

Precedentes

Amparo en revisión 775/82. Rogelio Castañares Ferrer. 30 de octubre de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Felipe López Contreras. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 8, página 16 (correspondiente a la tesis 88, del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, página 178), bajo los rubros "CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD. AUTORIDADES AGRARIAS. ESTAN OBLIGADAS A RESPETARLO." e "INAFECTABILIDAD, CERTIFICADO DE. AUTORIDADES AGRARIAS. ESTAN OBLIGADAS A RESPETARLO." respectivamente.
Registro digital (IUS): 245371