Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/245383
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245383
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 232

AGRARIO. PRUEBA PERICIAL. PERFECCIONAMIENTO DE OFICIO. SOLO PUEDE HACERSE EN BENEFICIO DE LAS ENTIDADES O INDIVIDUOS QUE MENCIONA EL ARTICULO 212 DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 232

Precedentes

Recurso de revisión 6498/83. Andrés Hernández Sosa y otros. 19 de septiembre de 1984. Cinco votos. Ponente: Tarsicio Márquez Padilla. Secretario: Enrique Cerdán Lira. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA PERICIAL, PERFECCIONAMIENTO DE OFICIO DE LA. SOLO PUEDE HACERSE EN BENEFICIO DE LAS ENTIDADES O INDIVIDUOS QUE MENCIONA EL ARTICULO 212 DE LA LEY DE AMPARO.".
Registro digital (IUS): 245383