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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245388
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 244
AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO AGRARIO.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 244
En las resoluciones presidenciales de dotación agraria es de elemental importancia precisar la calidad de las tierras que incluye, porque en vista de las equivalencias que contempla el artículo 27, fracción XV, de la Constitución Federal, así como lo que se considera pequeña propiedad, es posible determinar, en su caso, la extensión de tierra que resulte afectable; por lo que, ante su omisión, procede conceder el amparo para el efecto de que se declare insubsistente la resolución reclamada, se reponga en lo conducente el procedimiento agrario y en su lugar se dicte otra en la que se determine la calidad de las tierras cuestionadas, y, hecho lo anterior, atento a la solicitud de ejido, se resuelva lo que en derecho proceda.
Precedentes
Amparo en revisión 8365/82. Poblado Juan de la Barrera Niños Héroes, Municipio de Jaltipan, Veracruz. 28 de noviembre de 1984. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Salvador Martínez Rojas.