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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245391
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 256
AGRARIO. SOLICITUDES. RESOLUCION OPORTUNA.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 256
Se considera que una solicitud agraria se atendió en su oportunidad cuando el expediente relacionado se encuentra en estado de que el Presidente de la República dicte la resolución definitiva respectiva, y en el procedimiento previo las autoridades responsables han cumplido con el trámite que a ellas corresponde.
Precedentes
Amparo en revisión 2886/81. Comisariado ejidal del ejido "Agua Blanca" Municipio de Guasave, Sinaloa. 12 de noviembre de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Tarsicio Márquez Padilla.