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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245393
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 263
AGRARIO. TRABAJOS TECNICOS DE CAMPO Y DE GABINETE. VALOR PROBATORIO.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 263
Los trabajos técnicos de campo y de gabinete realizados durante el procedimiento agrario y en los cuales se apoya el dictamen correspondiente del Cuerpo Consultivo Agrario son ineficaces, por sí solos, para desvirtuar el resultado de las pruebas pericial y testimonial rendidas en el procedimiento de amparo, toda vez que tales trabajos técnicos carecen de valor probatorio pleno en el juicio de garantías, puesto que, en todo caso, sólo se trata de simples documentales, por referirse a medios de prueba desahogados fuera de dicho procedimiento de amparo y sin audiencia de las partes interesadas.
Precedentes
Amparo en revisión 303/77. Eduardo Hampl Henschtl y otros. 18 de septiembre de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Tomás Gómez Verónica.