Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/245401
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245401
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 311

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. ESTE INSTITUTO SANCIONA LA INACTIVIDAD DE LA PARTE QUE INTERPONE EL RECURSO DE REVISION. LA PROMOCION QUE HACE LA CONTRAPARTE Y EL ACUERDO QUE A ESTA RECAE, NO SON APTOS PARA INTERRUMPIR EL TERMINO RESPECTIVO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 311

Precedentes

Amparo en revisión 1228/78. Habitaciones Modernas, S.A. y otros. 25 de septiembre de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Secretario: Jesús Enrique Flores González.
Registro digital (IUS): 245401