Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/245403
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245403
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 320
CAUSAHABIENTES. DERECHOS QUE ADQUIEREN.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 320
El consentimiento de un acto de autoridad por el causante se hace extensivo al causahabiente por serlo de aquél y no de un tercero ajeno a las consecuencias de los actos jurídicos celebrados por los adquirentes, y, siendo así, queda sometido a las obligaciones contraídas por su causante; por ello, cualquier consentimiento que hubiera habido por parte de éste respecto de una ley o decreto, le alcanzan sus efectos legales.
Precedentes
Amparo en revisión 3272/70. Arnoldo Moreno Faerber. 22 de octubre de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Felipe López Contreras.