Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/245407
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245407
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 384

CUANTIA, COMPETENCIA POR.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 384

Precedentes

Amparo directo 2104/79. Bacardí y Compañía, S.A. 22 de agosto de 1984. Mayoría de tres votos. Disidentes: Guillermo Guzmán Orozco y Felipe López Contreras. Ponente: Salvador Martínez Rojas. Amparo directo 2647/79. Promotora de Viviendas, S.A. 4 de septiembre de 1984. Mayoría de tres votos. Disidentes: Guillermo Guzmán Orozco y Felipe López Contreras. Ponente: Tarsicio Márquez Padilla. Amparo directo 739/78. Financiera del Atlántico, S.A. 25 de septiembre de 1984. Mayoría de tres votos. Disidentes: Guillermo Guzmán Orozco y Felipe López Contreras. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Amparo directo 1522/79. Consorcio Aristos, S.A. 17 de octubre de 1984. Mayoría de tres votos. Disidentes: Guillermo Guzmán Orozco y Felipe López Contreras. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Amparo directo 4449/80. Editorial Iztaccihuatl de Monterrey, S.A. 17 de octubre de 1984. Mayoría de tres votos. Disidentes: Guillermo Guzmán Orozco y Felipe López Contreras. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.
Registro digital (IUS): 245407