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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245407
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 384
CUANTIA, COMPETENCIA POR.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 187-192, Séptima Parte; Pág. 384
Se considera que no se surte la competencia de la Sala Auxiliar de la Suprema Corte para conocer de un amparo, sino la de un Tribunal Colegiado de Circuito, de aparecer que el asunto no es de tal manera excepcional que trascienda al interés de la Nación, y es de cuantía inferior a cuarenta veces el salario mínimo elevado al año vigente en el Distrito Federal.
Precedentes
Amparo directo 2104/79. Bacardí y Compañía, S.A. 22 de agosto de 1984. Mayoría de tres votos. Disidentes: Guillermo Guzmán Orozco y Felipe López Contreras. Ponente: Salvador Martínez Rojas.
Amparo directo 2647/79. Promotora de Viviendas, S.A. 4 de septiembre de 1984. Mayoría de tres votos. Disidentes: Guillermo Guzmán Orozco y Felipe López Contreras. Ponente: Tarsicio Márquez Padilla.
Amparo directo 739/78. Financiera del Atlántico, S.A. 25 de septiembre de 1984. Mayoría de tres votos. Disidentes: Guillermo Guzmán Orozco y Felipe López Contreras. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.
Amparo directo 1522/79. Consorcio Aristos, S.A. 17 de octubre de 1984. Mayoría de tres votos. Disidentes: Guillermo Guzmán Orozco y Felipe López Contreras. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.
Amparo directo 4449/80. Editorial Iztaccihuatl de Monterrey, S.A. 17 de octubre de 1984. Mayoría de tres votos. Disidentes: Guillermo Guzmán Orozco y Felipe López Contreras. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.