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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245436
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 181-186, Séptima Parte; Pág. 74
AGRARIO. PRUEBAS PERICIAL Y TESTIMONIAL. DESAHOGO ILEGAL. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 181-186, Séptima Parte; Pág. 74
Si no hay constancia en autos de que las copias del interrogatorio y del cuestionario relativas a las pruebas testimonial y pericial, ofrecidas por la parte quejosa, se hubieran entregado al núcleo de población tercero perjudicado, por lo que éste no pudo hacer uso del derecho de repreguntar a los testigos y, tampoco estuvo en posibilidad de adicionar el cuestionario para los peritos, ni de designar, en su caso, perito de su parte que emitiera el dictamen correspondiente, debe estimarse que se incurrió en violación del artículo 151, segundo párrafo, parte final, de la Ley de Amparo, por lo cual procede revocar la sentencia recurrida y decretar la reposición del procedimiento en el juicio de garantías, con fundamento en el artículo 91, fracción IV, de la citada ley, para el efecto de que el Juez de Distrito provea lo necesario a fin de que, previa notificación personal a las partes del acuerdo o acuerdos respectivos, se desahogue nuevamente la prueba testimonial con el objeto de que el núcleo tercero perjudicado pueda repreguntar a los testigos, y, en cuanto a la pericial, se de oportunidad al propio núcleo de ejercer el derecho que tiene de adicionar el cuestionario relativo o, en su caso, de designar perito de su parte.
Precedentes
Amparo en revisión 6884/77. Máximo Cagigal Naveda y coagraviados. 7 de junio de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez.
Véase: Apéndices al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975 y 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 85 y 159, páginas 177 y 308, respectivamente, bajo el rubro "PRUEBA PERICIAL Y TESTIMONIAL. DESAHOGO ILEGAL. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO.".