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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245448
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 181-186, Séptima Parte; Pág. 179

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO. DEBE APORTARSE COMO PRUEBA PARA ACREDITAR LA INFRACCION DE ALGUNAS DE SUS CLAUSULAS.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 181-186, Séptima Parte; Pág. 179

Precedentes

Amparo directo 3259/80. José I. Aguilar Rodríguez y coagraviados. 11 de enero de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Felipe López Contreras. Nota: Reitera jurisprudencia publicada en los Volúmenes 151-156, Séptima Epoca, Quinta Parte, Cuarta Sala, página 105, bajo el rubro "CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO. DEBE APORTARSE COMO PRUEBA PARA ACREDITAR LA INFRACCION DE ALGUNAS DE SUS CLAUSULAS.".
Registro digital (IUS): 245448