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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245498
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 175-180, Séptima Parte; Pág. 86
CALIFICATIVA NO PRECISADA POR EL MINISTERIO PUBLICO, REBASAMIENTO DE LA ACUSACION EN CASO DE.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 175-180, Séptima Parte; Pág. 86
Aun cuando se trate de un homicidio calificado, dadas las circunstancias en que se hayan cometido los hechos relativos, si de la acusación del Ministerio Público concretada en su pliego de conclusiones, no se desprende que se haya considerado así y menos aún, que se haya solicitado la imposición de una pena agravada para el inculpado, en tal virtud, el tribunal de alzada, al confirmar la sentencia de primer grado, que impuso al dicho inculpado la pena considerando el homicidio como calificado, invadió las funciones de la representación social, violando por consecuencia la garantía consagrada en el artículo 21 constitucional, puesto que se sanciona con una calificativa que no fue solicitada.
Precedentes
Amparo directo 629/80. Guillermo Beltrán López y otros. 7 de septiembre de 1983. Cinco votos. Ponente: Salvador Martínez Rojas.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "PENAS, IMPOSICION DE. INVASION DE LAS FUNCIONES DE LA REPRESENTACION SOCIAL.".