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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245512
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 175-180, Séptima Parte; Pág. 183
DUPLICIDAD IMPOSITIVA INEXISTENTE. PAGO DE IMPUESTO MUNICIPAL Y RENTA DE LOCALES EN MERCADOS.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 175-180, Séptima Parte; Pág. 183
La concurrencia de un impuesto y de un producto, por los cuales se grave simultáneamente el uso o el disfrute de una cosa, no implica duplicidad impositiva sobre la misma fuente, precisamente porque se trata de dos tributos diversos que obedecen también a causas distintas.
Precedentes
Amparo en revisión 4751/79. Manuel Olea Méndez. 12 de septiembre de 1983. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Felipe López Contreras.