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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245531
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 175-180, Séptima Parte; Pág. 316

PERITOS, DICTAMENES DE, RENDIDOS ANTE EL MINISTERIO PUBLICO EN AVERIGUACION PREVIA.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 175-180, Séptima Parte; Pág. 316

Precedentes

Amparo directo 7720/80. Patricio Torres Robles. 19 de septiembre de 1983. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 4438/70. Joel Malfavaun Sánchez. 4 de julio de 1983 Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 3676/70. Carlos Morris Charleton. 4 de julio de 1983. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. La publicación no menciona el nombre del ponente. Séptima Epoca, Séptima Parte: Volúmenes 163-168, página 116. Amparo directo 609/78. Juan Antonio Guevara Hurtado. 25 de octubre de 1982. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Ernesto Díaz Infante.
Registro digital (IUS): 245531