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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245553
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 175-180, Séptima Parte; Pág. 415

RECURSOS ORDINARIOS PREVISTOS EN LEY DIVERSA A LA QUE CONSTITUYE EL ACTO RECLAMADO. SU FALTA DE AGOTAMIENTO NO HACE IMPROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 175-180, Séptima Parte; Pág. 415

Precedentes

Amparo en revisión 4751/79. Manuel Olea Méndez. 12 de septiembre de 1983. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Felipe López Contreras.
Registro digital (IUS): 245553