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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245575
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 169-174, Séptima Parte; Pág. 42
AGRARIO. INVASION DE TIERRAS PREVISTA EN EL ARTICULO 469, FRACCION III, DE LA LEY FEDERAL DE REFORMA AGRARIA, DELITO DE. PRESCRIPCION. COMPUTO DEL TERMINO.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 169-174, Séptima Parte; Pág. 42
En virtud de que el delito de invasión de tierras previsto en el artículo 469, fracción III de la Ley Federal de Reforma Agraria, se considera contínuo, el término de prescripción del mismo empieza a contarse desde que cesa la ocupación.
Precedentes
Amparo directo 4194/80. Avelino Guzmán Ayala. 22 de junio de 1983. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente. Guillermo Guzmán Orozco.