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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 169-174, Séptima Parte; Pág. 51
AGRARIO. PEQUEÑA PROPIEDAD. SU RECONOCIMIENTO POR PARTE DE LA SUPREMA AUTORIDAD AGRARIA. EFECTOS DE LA SENTENCIA QUE CONCEDE EL AMPARO CONTRA UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL QUE AFECTA AL PREDIO A QUE SE REFIERE ESE RECONOCIMIENTO.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 169-174, Séptima Parte; Pág. 51
Si en virtud de una primera resolución presidencial, en ésta se declara la inafectabilidad agraria o se reconoce una pequeña propiedad, sin que se haya expedido el certificado de inafectabilidad respectivo, y que, con motivo de una posterior resolución presidencial, resultó total o parcialmente afectada esa misma pequeña propiedad, sin que ésta se haga cargo de la resolución anterior en la que se haya hecho tal reconocimiento, esa omisión entraña una violación formal cuya reparación debe hacerse mediante el otorgamiento de la protección constitucional, para el efecto de que se declare insubsistente la resolución presidencial afectatoria, previa la tramitación del procedimiento correspondiente en el que se cumplan las formalidades legales y se resuelva lo que en derecho proceda, acerca de la subsistencia o insubsistencia jurídica del reconocimiento anterior de que el predio constituye una pequeña propiedad inafectable.
Precedentes
Amparo en revisión 2838/79. Enrique Elías Müller y otros. 20 de enero de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Salvador Martínez Rojas.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "PEQUEÑA PROPIEDAD. SU RECONOCIMIENTO POR PARTE DE LA SUPREMA AUTORIDAD AGRARIA. EFECTOS DE LA SENTENCIA QUE CONCEDE EL AMPARO CONTRA UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL QUE AFECTA AL PREDIO A QUE SE REFIERE ESE RECONOCIMIENTO.".