Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/245635
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 163-168, Séptima Parte; Pág. 9
AGRARIO. POSESION EN LA MATERIA. PRUEBA TESTIMONIAL NO SUFICIENTE EN UN CASO PARA ACREDITARLA.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 163-168, Séptima Parte; Pág. 9
Si al desahogarse la prueba testimonial rendida por las quejosas, los informantes omitieron dar la razón de su dicho, es evidente que no se acreditó el extremo de la posesión en materia agraria por no haberse cumplido con lo que sobre el particular dispone el artículo 182 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria; tanto más si se toma en cuenta que las declaraciones sobre los atributos de la posesión a que alude el artículo 252 de la Ley Federal de Reforma Agraria, se encuentran en discrepancia con lo que consta en autos sobre la minoridad de las promoventes de amparo, si de ello se obtiene que han carecido de la capacidad jurídica necesaria para poseer las tierras en la forma requerida, dado que no han podido realizar los actos de administración y de conservación que indispensablemente requiere el ejercicio de una posesión de carácter personal y directa que, como tal, debe ser ejercida por parte de quien la hace valer en su beneficio.
Precedentes
Amparo en revisión 1478/80. Clara Delia Ramírez Jáuregui y coagraviada. 6 de octubre de 1982. Cinco votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Secretario: Raymundo A. Martínez Rebolledo.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "POSESION EN MATERIA AGRARIA. CASO EN QUE LA PRUEBA TESTIMONIAL RENDIDA, NO LA ACREDITA.".