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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245636
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 163-168, Séptima Parte; Pág. 9
ACTA ADMINISTRATIVA. CASO EN QUE CARECE DE EFICACIA PROBATORIA AUNQUE NO HAYA SIDO IMPUGNADA POR EL TRABAJADOR.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 163-168, Séptima Parte; Pág. 9
El acta administrativa levantada por el patrón y rendida como prueba, no acredita las faltas injustificadas del trabajador, aun cuando éste haya omitido impugnarla dentro del juicio, si no existe en ese documento la declaración del actor laboral y, además, la prueba testimonial propuesta por la propia demandada, respecto de las personas que sí declararon dentro de la susodicha acta administrativa, no esclareció el extremo apuntado, o sea, que el trabajador faltó injustificadamente al desempeño de sus labores, si ninguno de los testigos dejó aclarado que el actor registrara sus asistencias en forma cotidiana, por lo que la valoración en este sentido de la prueba testimonial, con la libertad de apreciación de que disponen las Juntas de Conciliación y Arbitraje, no es incorrecta, por no estar apoyada en un razonamiento ilógico.
Precedentes
Amparo directo 747/81. Banco Nacional de Crédito Rural, S.A. 12 de agosto de 1982. Cinco votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Secretario: Raymundo A. Martínez Rebolledo.