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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245642
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 163-168, Séptima Parte; Pág. 29

COACUSADO, CONFESION DEL, ANTE EL MINISTERIO PUBLICO, DE LA QUE SE RETRACTA ANTE EL JUEZ. TIENE EFICACIA PROBATORIA SI ESTA APOYADA POR OTRAS PRUEBAS.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 163-168, Séptima Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo directo 2092/80. Apolinar Martínez Bernal. 6 de octubre de 1982. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Luis Fernández Doblado. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 55, página 129, bajo el rubro "COACUSADO. VALOR DE SU DICHO.".
Registro digital (IUS): 245642