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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245653
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 163-168, Séptima Parte; Pág. 115
PENA COMPURGADA, AMPARO EN CASO DE.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 163-168, Séptima Parte; Pág. 115
Si a un reo compurgado se le siguiera privando de su libertad con motivo de que tiene pendiente un juicio de amparo contra la sentencia condenatoria, ello implicaría una interpretación aberrante del artículo 136 de la Ley de Amparo, ya que la promoción del amparo jamás podría tener el efecto legal de prolongar los efectos del acto reclamado, a más de que tal conducta aun podría hacer incurrir en responsabilidad a la autoridad.
Precedentes
Amparo directo 6183/80. Anastacio Pérez Alarcón y otro. 4 de noviembre de 1982. Cinco votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco. Secretario: Gregorio Saucedo Ruiz.
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "REOS COMPURGADOS.".