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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245670
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 157-162, Séptima Parte; Pág. 10

AGRARIO. RESOLUCION PRESIDENCIAL. INDEBIDA EJECUCION INEXISTENTE CUANDO LA PRUEBA PERICIAL RENDIDA DEMUESTRA QUE HAY IDENTIDAD ENTRE LAS TIERRAS AFECTADAS Y AQUELLAS QUE DEFIENDEN LOS QUEJOSOS.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 157-162, Séptima Parte; Pág. 10

Precedentes

Amparo en revisión 5883/80. Jorge Esteve Recolons y coagraviados. 23 de marzo de 1982. Cinco votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Secretario: Raymundo A. Martínez Rebolledo. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "INDEBIDA EJECUCION DE UNA RESOLUCION AGRARIA. NO EXISTE CUANDO LA PRUEBA PERICIAL RENDIDA DEMUESTRA QUE HAY IDENTIDAD ENTRE LAS TIERRAS AFECTADAS Y AQUELLAS QUE DEFIENDEN LOS QUEJOSOS.".
Registro digital (IUS): 245670