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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245675
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 157-162, Séptima Parte; Pág. 27

DICTAMEN MEDICO PSIQUIATRICO. OMISION DE SU EXAMEN NO VIOLATORIA DE GARANTIAS.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 157-162, Séptima Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo directo 2301/80. Pedro Carranza Herrera. 28 de enero de 1982. Cinco votos. Ponente: Luis Fernández Doblado. Secretario: Rodolfo R. Ríos Vázquez. Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "DICTAMEN MEDICO PSIQUIATRICO, OMISION DE SU EXAMEN. BEBIDAS EMBRIAGANTES.".
Registro digital (IUS): 245675