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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245691
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 139-144, Séptima Parte; Pág. 45

ANTIGÜEDAD DEPARTAMENTAL. EMPIEZA A INTEGRARSE DESDE CUANDO PATRON Y SINDICATO DETERMINAN EL REACOMODO DEL TRABAJADOR.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 139-144, Séptima Parte; Pág. 45

Precedentes

Amparo directo 2036/75. Sección Treinta y Cuatro del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. 12 de agosto de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretario: José Manuel Mojica Hernández.
Registro digital (IUS): 245691