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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245702
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 127-132, Séptima Parte; Pág. 41

HIJOS ADULTERINOS, RECONOCIMIENTO DE LOS. INTERPRETACION DE LOS ARTICULOS 62, 63 Y 374 DEL CODIGO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 127-132, Séptima Parte; Pág. 41

Precedentes

Amparo directo 1038/75. Jesús López Lira Castro. 24 de julio de 1979. Cinco votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretario: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XXI, Cuarta Parte, página 97, tesis de rubro "HIJOS ADULTERINOS, RECONOCIMIENTO DE LOS.". Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo CXXXI, página 179, tesis de rubro "HIJO ADULTERINO, RECONOCIMIENTO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE CAMPECHE).".
Registro digital (IUS): 245702