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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245722
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 115-120, Séptima Parte; Pág. 23
CAPITULACIONES MATRIMONIALES. SU FALTA NO INVALIDA EL MATRIMONIO (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 115-120, Séptima Parte; Pág. 23
De una interpretación sistemática de las diversas disposiciones legales que regulan el matrimonio en el Estado de Chiapas, se llega al conocimiento de que cuando las personas que pretenden contraer el vínculo matrimonial no presentan el convenio por el que se va a normar el régimen patrimonial del matrimonio (capitulaciones matrimoniales), en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 96, fracción V, del Código Civil del Estado, con la solicitud respectiva, o el oficial del Registro Civil no cumple con la obligación que le impone el artículo 97 de dicho ordenamiento de redactar el convenio en el caso de que los pretendientes no puedan hacerlo por falta de conocimiento, y a pesar de la omisión se celebra el matrimonio, el acto jurídico tiene plena validez y surte todos sus efectos, sin que pueda prosperar la acción de nulidad del mismo, por la falta de ese requisito.
Precedentes
Amparo directo 5213/74. José Patrocinio Díaz Pavón. 17 de octubre de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gloria León Orantes. Secretario: Leonel Castillo González.