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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245747
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 109-114, Séptima Parte; Pág. 49

PRIMA DE ANTIGÜEDAD EN CASO DE FALLECIMIENTO. APLICACION DEL ARTICULO 501 DE LA LEY RELATIVA, SOLO PARA LA DETERMINACION DE BENEFICIARIOS Y DEL ORDEN PARA SU PAGO.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 109-114, Séptima Parte; Pág. 49

Precedentes

Amparo directo 4393/76. Cía. Industrial de Orizaba, S.A. 12 de junio de 1978. Cinco votos. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos. Secretario: Luis G. Vargas Chávez. Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "PRIMA DE ANTIGÜEDAD. DETERMINACION DE BENEFICIARIOS Y DEL ORDEN PARA SU PAGO EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL TRABAJADOR POR CAUSAS NATURALES.".
Registro digital (IUS): 245747