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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245751
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 109-114, Séptima Parte; Pág. 77
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. SENTENCIA EJECUTORIADA DE UN JUICIO PENAL. SU VALOR PROBATORIO.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 109-114, Séptima Parte; Pág. 77
La copia certificada de una sentencia penal ejecutoriada, constituye un elemento de prueba eficaz para desvirtuar la confesión ficta del trabajador, respecto a que en ningún momento justificó, ante sus jefes, el abandono de empleo que se le atribuyó y por el que fue dado de baja, ya que en aquélla consta la fecha desde la cual estuvo detenido y la correspondiente en que fue dejado en libertad absoluta, así como la causa legal de su privación de libertad, la cual le impidió presentarse a laborar, copia con la que se puso de manifiesto que no abandonó su empleo por causa injustificada. Dicho documento público sólo debe analizarse en lo que atañe a los hechos que formaron parte de la litis en el juicio laboral, esto es, a lo que expresó el trabajador por cuanto a las circunstancias que motivaron su privación de libertad y el resultado absolutorio a que se llegó en la sentencia definitiva ejecutoriada, sin que interese el delito por el que se le siguió el proceso, y sin que la misma deba examinarse desde el ángulo de la materia penal, por ser ésta de la exclusiva competencia de las autoridades penales que juzgaron y resolvieron.
Precedentes
Amparo directo 3715/77. Jefe del Departamento del Distrito Federal. 12 de junio de 1978. Cinco votos. Ponente: Francisco H. Pavón Vasconcelos. Secretario: Luis G. Vargas Chávez.