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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245773
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 97-102, Séptima Parte; Pág. 106
FIDEICOMISO, RESPONSABILIDAD CIVIL EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL FIN DEL.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 97-102, Séptima Parte; Pág. 106
La ley y la doctrina, en seguridad del fin perseguido en el fideicomiso, consagran el principio de que la causación de daños y perjuicios en el patrimonio del fideicomitente, originada por exceso o defecto en el procedimiento de ejecución observado por la fiduciaria para la consecución del fin encomendado, que principalmente consiste en la venta de bienes, sólo da lugar, por su propia naturaleza a que se finque en contra de ésta la correspondiente responsabilidad civil, sin que se dé oportunidad para atacar la validez del procedimiento de ejecución, si éste se hubiere llevado a efecto fuera de los términos pactados en el propio fideicomiso.
Precedentes
Amparo directo 45/71. Crédito Algodonero de México, S.A. 16 de marzo de 1977. Cinco votos. Ponente: Gloria León Orantes. Secretario: Rogelio Camarena Cortés.