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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245778
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 97-102, Séptima Parte; Pág. 143

SINE ACTIONE AGIS. NO OBSTANTE HABERSE OPUESTO ESTA DEFENSA, EL JUZGADOR NO ESTA OBLIGADO A EXAMINAR CUESTIONES DE LITERALIDAD, LEGITIMACION O PERSONALIDAD, RELATIVAS A UNA ACCION CAMBIARIA, SI NO SE IMPUGNARON EXPRESAMENTE.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 97-102, Séptima Parte; Pág. 143

Precedentes

Amparo directo 3826/73. Francisco Silva Juárez. 21 de febrero de 1977. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: José Vicente Peredo.
Registro digital (IUS): 245778