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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245779
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 97-102, Séptima Parte; Pág. 145
TESTIMONIO SINGULAR, CARENCIA DE VALOR DEL (CODIGO DE COMERCIO).
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 97-102, Séptima Parte; Pág. 145
Si la potestad común no otorga valor probatorio a la declaración de un testigo, por tener carácter singular, ello no viola el artículo 1302 del Código de Comercio, dado que este exige que sobre el hecho materia de la prueba deben existir cuando menos dos testigos.
Precedentes
Amparo directo 2754/72. Banco Comercial Mexicano, S.A. 27 de junio de 1977. Cinco votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretario: Jesús Arzate Hidalgo.