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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245785
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 91-96, Séptima Parte; Pág. 41

DEPOSITO DE PERSONAS COMO ACTO PREJUDICIAL, VIGENCIA DEL (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 91-96, Séptima Parte; Pág. 41

Precedentes

Amparo directo 3780/72. María Luisa Xicotencátl de Soto. 2 de septiembre de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J. Alfonso Abitia Arzapalo. Secretario: Jorge Figueroa Cacho. Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "DEPOSITO DE PERSONAS COMO ACTO PREJUDICIAL, VIGENCIA DEL.".
Registro digital (IUS): 245785