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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245787
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 91-96, Séptima Parte; Pág. 57

PERSONALIDAD EN EL JUICIO DE AMPARO. REPRESENTACION DE MENORES QUE ADQUIERAN LA MAYORIA DE EDAD ANTES DE LA INTERPOSICION DE LA DEMANDA EN EL JUICIO DE GARANTIAS.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 91-96, Séptima Parte; Pág. 57

Precedentes

Amparo directo 5873/70. Francisco Raúl Aniceto Solís Hernández. 9 de diciembre de 1976. Cinco votos. Ponente: Francisco Pavón Vasconcelos. Secretario: Luis G. Vargas Chávez. Nota: La Primera Sala se apartó del criterio sostenido por la Tercera Sala en esta tesis, según se desprende de la que con el número o clave de identificación 1a./J. 124/2013 (10a.), aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación el viernes 10 de enero de 2014 a las 14:17 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 2, enero 2014, Tomo II, página 1024, de rubro: "REPRESENTACIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. NO DEBE SOBRESEERSE CUANDO LO PROMUEVE QUIEN EJERCIÓ LA PATRIA POTESTAD DURANTE EL JUICIO DE ORIGEN, SI ANTES DE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO, EL REPRESENTADO ADQUIERE LA MAYORÍA DE EDAD."
Registro digital (IUS): 245787