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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 91-96, Séptima Parte; Pág. 75
TERCERIA EXCLUYENTE DE PREFERENCIA TRAMITADA EN JUICIOS MERCANTILES, DOCUMENTOS FUNDATORIOS DE LA.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 91-96, Séptima Parte; Pág. 75
Es inexacto que el promovente de una tercería excluyente de preferencia, tramitada en juicio mercantil, esté obligado a presentar, con su demanda, constancias que acrediten la liquidez del crédito cuya prioridad en su pago pretende, pues de conformidad con lo previsto por los artículos 1367 y 1370 del Código de Comercio, quien promueva dicha clase de tercería únicamente está obligado a adjuntar, a su escrito inicial, aquellos documentos suficientes para demostrar, a primera vista, la preferencia que aduzca para el pago de su crédito, sin perjuicio de que tales documentos puedan completarse con otras pruebas durante la tramitación de la tercería.
Precedentes
Amparo directo 3299/73. Banco Ganadero y Agrícola, S.A. 10 de noviembre de 1976. Cinco votos. Ponente: J. Alfonso Abitia Arzapalo. Secretario: Jorge Figueroa Cacho.