Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/245793
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245793
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 89, Séptima Parte; Pág. 13
PRESCRIPCION, RENUNCIA A LA.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 89, Séptima Parte; Pág. 13
La renuncia tácita a la prescripción ganada debe desprenderse de manera directa e indudable de los actos o hechos a los que se le atribuya, como sería, por ejemplo, la solicitud de espera para el pago, el pago mismo parcial o total; la redocumentación de la obligación, etcétera, y no de manera indirecta y mediata, como ocurre si se pretende demostrar la renuncia mediante la formación incorrecta de una presunción hecha con base en otra presunción.
Precedentes
Amparo directo 4580/72. Internacional Model, S. de R.L. Unanimidad de cuatro votos. 11 de mayo de 1976. Ponente: Livier Ayala Manzo. Secretario: Leonel Castillo González.