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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245800
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 87, Séptima Parte; Pág. 31

COMPRAVENTA, REDUCCION DEL PRECIO DE LA. NO PUEDE ESTIMARSE COMPROBADO EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE LA VENDEDORA Y EN CONSECUENCIA PROCEDENTE AQUELLA REDUCCION NI EL PAGO DE DAÑOS, SI EL DICTAMEN PERICIAL NO SE CIÑE A LO PACTADO EN LA CLAUSULA RESPECTIVA.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 87, Séptima Parte; Pág. 31

Precedentes

Amparo directo 3059/73. Hotel María Isabel, S.A. y Nacional Hotelera, S.A. 16 de marzo de 1976. Mayoría de tres votos. Disidente: Livier Ayala Manzo. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Secretario: José de Jesús Taboada Hernández.
Registro digital (IUS): 245800