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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245801
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 87, Séptima Parte; Pág. 61

CUANTIA, INCOMPETENCIA POR, TRATANDOSE DE AMPARO DIRECTO EN MATERIA CIVIL. LAS CANTIDADES RECLAMADAS EN LA RECONVENCION NO DEBEN TOMARSE EN CUENTA SI FUERON DESESTIMADAS.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 87, Séptima Parte; Pág. 61

Precedentes

Amparo directo 483/71. Rubén Maldonado Sandoval y otros. 22 de marzo de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Salvador Castro Zavaleta.
Registro digital (IUS): 245801