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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
📌 Nota del SJF sobre vigencia
Nota: En el Informe de 1976, página 9, la tesis aparece bajo el rubro "ABANDONO DE HOGAR, INSUBSISTENCIA DEL.".
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 245808
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 85, Séptima Parte; Pág. 13
DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE. INSUBSISTENCIA DEL DOMICILIO.
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 85, Séptima Parte; Pág. 13
Cuando ambos cónyuges tienen establecido de común acuerdo el domicilio conyugal en un lugar y sitio determinado para convivir familiarmente y cumplir con los fines del matrimonio (artículo 163 del Código Civil para el Distrito y Territorio Federales), si uno de ellos se separa de ese lugar, con esta conducta está demostrando que en ese instante repudia el domicilio conyugal, porque no se cuenta con la voluntad de uno de los dos cónyuges, quedando en libertad el otro de seguir viviendo en esa casa para conservar el domicilio conyugal por lo que toca a el y demandar posteriormente el abandono del otro, o buscar otro sitio como su domicilio personal, no como domicilio conyugal, perdiendo todo derecho a demandar el divorcio por esta causal, en virtud de que aquél ha desaparecido.
Precedentes
Amparo directo 2425/73. Enrique Wintergerst Toledo. 28 de enero de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Lozano Ramírez. Secretario: Carlos Alfredo Soto Villaseñor.
Nota: En el Informe de 1976, página 9, la tesis aparece bajo el rubro "ABANDONO DE HOGAR, INSUBSISTENCIA DEL.".