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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245822
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 81, Séptima Parte; Pág. 21

PETICION DE HERENCIA. JUICIO DE. ES COMPETENTE LA SALA AUXILIAR PARA CONOCER DEL AMPARO QUE SE PROMUEVE RESPECTO AL.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 81, Séptima Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo directo 5707/71. María Antonina Jovita Luna Cortés y otra. 30 de septiembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Salvador Castro Zavaleta. Amparo directo 5705/71. Luz Olivares viuda de Luna. 30 de septiembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Salvador Castro Zavaleta. Séptima Epoca, Séptima Parte: Volumen 80, página 23. Amparo directo 216/72. Andrés e Ignacio Gómez Ortega. 4 de agosto de 1975. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Secretario: Salvador Castro Zavaleta. Nota: En el Volumen 80, página 23, la tesis aparece bajo el rubro "PETICION DE HERENCIA, JUICIO DE. COMPETENCIA DE LA SALA AUXILIAR.". En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "PETICION DE HERENCIA, JUICIO DE. COMPETENCIA DE LA SALA AUXILIAR.".
Registro digital (IUS): 245822