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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245823
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 81, Séptima Parte; Pág. 22

PRUEBA TESTIMONIAL, VALORACION DE LA.

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 81, Séptima Parte; Pág. 22

Precedentes

Queja 74/69. Antero R. Flores Rendón y coagraviados. 5 de septiembre de 1975. Cinco votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretario: Jesús Arzate Hidalgo. Séptima Epoca, Séptima Parte: Volumen 79, página 15. Amparo directo 123/73. Guadalupe Rivera Gómez de Bernal. 29 de julio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón. Nota: En el Volumen 79, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA TESTIMONIAL, VALORACION DE LA, EN SEGUNDA INSTANCIA.".
Registro digital (IUS): 245823