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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
245830
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 80, Séptima Parte; Pág. 15

COMPRAVENTA A PLAZO O CON ESPERA. LA SUSPENSION DEL PAGO POR EL COMPRADOR, POR TENER JUSTO TEMOR DE SER PRIVADO DE SUS DERECHOS, NO REQUIERE DE SER NOTIFICADA (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO).

[TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 80, Séptima Parte; Pág. 15

Precedentes

Amparo directo 798/73. Zoila R. de la Torre de Torres Gómez. 19 de agosto de 1975. Cinco votos. Ponente: Livier Ayala Manzo.
Registro digital (IUS): 245830